Qué Documentación Llevar al Turno de la DNRPA para Transferir

Conocé qué documentos necesitás llevar al turno del DNRPA para transferir un vehículo. Lista para vendedor, comprador y documentación del auto. Si querés seguir aprendiendo sobre este trámite, podés consultar:

Si querés seguir aprendiendo sobre este trámite, podés consultar:

Llegar al Registro con un papel de menos puede trabar la transferencia. Esta lista está armada con los requisitos oficiales de la DNRPA y la guía de transferencia de argentina.gob.ar. Revisala antes del turno.

Documento de identidad (comprador y vendedor)

  • Argentinos: DNI, en su versión física o digital. La LC, LE o DNI libreta solo se aceptan para mayores de 75 años.
  • Extranjeros sin residencia permanente: pasaporte. Con residencia permanente: DNI.
  • Extranjeros de países limítrofes: DNI, CI, cédula del país de origen o pasaporte.
  • Si el auto es un bien ganancial, también tiene que presentarse el cónyuge con su documento.

Importante: la constancia de DNI en trámite no acredita identidad.

Si actúa un representante o apoderado, tiene que llevar los documentos que lo acrediten (contrato social, libro de actas, poderes, etc.). Si una de las partes es una empresa, mirá cómo transferir un auto a nombre de una empresa.

Documentación del comprador

  • Constancia de CUIT (ARCA, ex AFIP) o CUIL (ANSES). No hace falta si el número figura en el reverso del DNI.
  • Si no tenés CUIT ni CUIL, se puede usar la CDI con los formularios que indica la DNRPA.

Antes de comprar, revisá cómo comprar un auto usado sin riesgos.

Documentación del vehículo

  • Título del automotor o Constancia de Asignación de Título (CAT).
  • Todas las cédulas del vehículo: la de identificación y las de autorizados.
  • Formulario 08, precargado online o completado en el Registro.

Si el título tiene anotaciones que no podés resolver, puede servirte consultar a un abogado de tránsito.

Sobre el Formulario 08

  • Podés iniciarlo en línea en el sitio de la DNRPA. Si lo hiciste así, llevá impresa la información que te llegó por correo.
  • Si no lo hiciste online, te dan el formulario en el Registro para completarlo ahí.
  • Los datos tienen que coincidir con el título y los documentos de las partes.
  • Una vez firmado, tenés hasta 30 días hábiles para presentar la transferencia.

Para saber qué valor declarar, mirá cómo calcular el valor de un auto usado. Y si te preguntás por la certificación de firmas, leé cuándo necesitás un escribano.

Verificación física (no es la VTV)

La verificación física es obligatoria para transferir:

  • Autos inscriptos inicialmente desde el 01/01/2001.
  • Motos inscriptas inicialmente desde el 01/01/2004.
  • Cualquier vehículo si la transferencia se presenta en el Registro de la futura radicación.
  • Cualquier vehículo si el título está extraviado.

Según argentina.gob.ar, esta verificación “no tiene nada que ver” con la VTV. Se hace en una planta verificadora habilitada y el resultado llega al Registro como Solicitud Tipo 12. Más info en verificación vehicular: dónde hacerla y cuánto cuesta.

Casos especiales

  • Si el auto tiene prenda o leasing: constancia (carta documento o telegrama colacionado) de haberle comunicado la transferencia al acreedor.
  • Maquinarias: Formulario 381 de ARCA.
  • Montos altos: si el valor supera el umbral que fija la UIF, el comprador tiene que acreditar el origen de los fondos.

Qué se paga en el Registro

En el Registro se pagan los aranceles y, con el Formulario 13 único, se liquidan los impuestos o multas que correspondan según la jurisdicción. Para calcular el total, usá el estimador de costos oficial. Mirá también cómo calcular y pagar la patente.

Antes de comprar: informe de dominio

No es obligatorio, pero argentina.gob.ar recomienda pedir un informe de dominio para saber si el vehículo tiene embargos, inhibiciones o denuncia de robo. Mirá cómo pedir el informe de dominio.

Checklist rápido

  • DNI de comprador y vendedor (y cónyuges si el bien es ganancial).
  • Constancia de CUIT/CUIL del comprador (si no figura en el DNI).
  • Título o CAT y todas las cédulas.
  • Formulario 08 (impresión del trámite online, si lo precargaste).
  • Verificación física, si corresponde.
  • Constancia de comunicación al acreedor, si hay prenda.

Si preferís delegar, leé qué hace una gestoría de automotores. Con el auto a tu nombre, revisá cómo elegir un seguro y qué rastreador conviene.

Consejos para que no te falte nada

  • Armá una carpeta con originales y, si querés, copias de cada documento.
  • Revisá que el nombre y el DNI del título coincidan con los del vendedor.
  • Si el vendedor cambió de DNI, llevá el documento vigente.
  • Confirmá antes si el auto es ganancial, para coordinar que vaya el cónyuge.
  • Revisá que la verificación física esté hecha antes del turno, si corresponde.
  • Llegá unos minutos antes: con más de 5 minutos de demora, el turno se considera ausente.

Con todo en orden, el trámite de transferencia lleva unas 48 horas si no hay observaciones.

Preguntas frecuentes

¿Sirve el DNI digital?

Sí. La DNRPA acepta el DNI en su modalidad digital o física.

¿Sirve la constancia de DNI en trámite?

No, no acredita identidad.

¿La VTV reemplaza la verificación física?

No. Son trámites distintos.

¿Tiene que ir el cónyuge?

Si el vehículo es un bien ganancial, sí: hace falta su documento.

Volvé a la guía de turnos de la DNRPA.

Aviso importante: este contenido es informativo y no reemplaza la información oficial. No somos la DNRPA ni un Registro Seccional. Consultá siempre los requisitos oficiales.

Si querés seguir aprendiendo sobre este trámite, podés consultar: