¿Necesitás Turno para Firmar el Formulario 08? Cómo Funciona
¿Necesitás turno para firmar el Formulario 08 en el DNRPA? Conocé cuándo es obligatorio, dónde certificarlo y cómo evitar errores. Si querés seguir aprendiendo sobre este trámite, podés consultar:
Si querés seguir aprendiendo sobre este trámite, podés consultar:
El Formulario 08 es el requisito indispensable para transferir un auto o una moto por compraventa, y las firmas de comprador y vendedor tienen que estar certificadas. Si lo hacés en línea, la guía oficial de argentina.gob.ar es clara: sí, tenés que pedir un turno para ir a certificar las firmas en el Registro. Acá te explicamos cómo funciona y cuáles son las alternativas.
Las dos formas de cumplir con las firmas
Según argentina.gob.ar, para tramitar el 08 en línea se tiene que dar una de estas condiciones:
- Las dos partes van al Registro Seccional y certifican su firma ahí, en el día y horario del turno.
- Tienen un 08 en papel con una de las firmas certificada con anterioridad.
Opción 1: comprador y vendedor cargan el 08 juntos
- Entren al sistema de Transferencia digital de la DNRPA y hagan clic en Siguiente.
- Elijan Iniciar o continuar una precarga.
- Seleccionen Completar datos de ambas partes y carguen todos los datos.
- Al terminar, el sistema les da un número de precarga y un código.
- Con esos datos, soliciten el turno en línea.
- Vayan juntos a certificar la firma en el Registro el día y la hora asignados.
Opción 2: cada uno carga sus datos en momentos distintos
El vendedor
- Entra al sistema de la DNRPA, hace clic en Siguiente y elige Iniciar o continuar una precarga.
- Selecciona Datos del Vendedor y carga sus datos.
- La DNRPA le envía al comprador un correo con el número de precarga.
El comprador
- Espera el correo de la DNRPA con el número de precarga.
- Entra al sistema, elige Iniciar o continuar una precarga.
- Selecciona Datos del Comprador y completa la carga.
Después, igual que en la opción 1, se pide el turno para certificar las firmas en el Registro.
Qué datos vas a necesitar
- Del vehículo: patente (dominio) y número de chasis, que figura en la cédula o en el título.
- Del vendedor (persona física): datos personales, datos del cónyuge si estaba casado al momento de la compra y datos de los representantes si el trámite lo presenta otra persona.
- Personas jurídicas: datos de la empresa y de sus representantes.
Si compra o vende una empresa, mirá transferencias a nombre de empresas.
El plazo: 30 días hábiles
Según la guía oficial, el trámite se hace hasta 30 días hábiles después de la fecha de la compraventa. Si el vendedor hizo una denuncia de venta y ese plazo vence sin transferir, se decreta la prohibición de circular. Por eso conviene pedir el turno apenas se cierra la operación.
¿Y si ya tengo una firma certificada?
Si tienen un 08 en papel con una de las firmas ya certificada (por ejemplo, ante escribano), esa es la segunda condición que admite la guía oficial. Consultá en el Registro cómo sigue el trámite en tu caso. Para saber cuándo conviene un escribano y cuánto cobra, mirá escribano público: cuándo lo necesitás.
Cuánto cuesta certificar las firmas
Según el cuadro oficial de aranceles, el arancel de transferencia ya incluye dos certificaciones de firmas o validación remota. Para calcular el costo total, usá el estimador de costos. Más detalles en cuánto cuesta la transferencia.
Qué pasa después de certificar
Con el 08 firmado y certificado, la transferencia sigue en el Registro. Según la guía oficial de transferencia:
- Se pagan los aranceles y se completa la documentación que falte.
- Si hiciste el 08 en línea, llevá impresa la información que te llegó por correo.
- Si no hay observaciones, el trámite lleva unas 48 horas.
- Al final te entregan una constancia de que la transferencia se realizó.
Guardá esa constancia y el recibo: con ellos podés seguir el estado del trámite online.
Errores que traban el 08
- Que los datos del vehículo no coincidan con el título o la cédula.
- Errores en los documentos de las partes.
- No incluir los datos del cónyuge cuando corresponde.
- Que alguna de las partes llegue tarde: con más de 5 minutos de demora, el turno se considera ausente.
Mirá la lista completa en errores frecuentes al sacar turno.
Preguntas frecuentes
¿Necesito turno para firmar el 08?
Si lo tramitás en línea y van a certificar en el Registro, sí: el turno se pide con el número de precarga y el código.
¿Tienen que ir los dos?
Para certificar en el Registro, sí, salvo que una de las firmas ya esté certificada en un 08 en papel. También pueden actuar representantes legales.
¿Cuánto tiempo tenemos?
Hasta 30 días hábiles después de la compraventa.
¿Dónde se carga el 08 en línea?
En el sistema de Transferencia digital de la DNRPA.
Para preparar el resto de los papeles, leé qué documentación llevar. Volvé a la guía de turnos de la DNRPA.
Aviso importante: este contenido es informativo y no reemplaza la información oficial. No somos la DNRPA ni un Registro Seccional. Consultá siempre la guía oficial del Formulario 08 en línea.
Si querés seguir aprendiendo sobre este trámite, podés consultar:
