¿Qué es el Formulario 572 Web?

Conocé qué es el Formulario 572 Web, qué información contiene y cómo se relaciona con el SIRADIG Trabajador. Si querés seguir aprendiendo sobre este trámite, podés consultar:

Si querés seguir aprendiendo sobre este trámite, podés consultar:

El Formulario 572 es el documento oficial mediante el cual un empleado en relación de dependencia le informa a su empleador todos los datos necesarios para calcular correctamente la retención del Impuesto a las Ganancias.

No se trata de una declaración jurada independiente ni de un trámite ante el Estado. Es, en esencia, una comunicación formal entre el trabajador y quien le paga el sueldo, con el objetivo de que la retención mensual refleje la situación real de cada persona.

El SIRADIG está directamente vinculado al Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría. Si querés entender cómo funciona ese impuesto en profundidad, conocé nuestra guía completa. >>

La versión vigente de este formulario se llama Formulario 572 Web y se carga de forma digital a través de la plataforma SIRADIG, disponible en el portal oficial de ARCA: https://www.argentina.gob.ar/arca

Este artículo es de carácter exclusivamente informativo. No representamos ni trabajamos para ARCA, AFIP ni ningún organismo oficial del Estado argentino.

¿Qué reemplazó el Formulario 572 Web?

Antes de la digitalización del sistema, el empleado completaba este formulario en papel y lo entregaba físicamente al área de Recursos Humanos o liquidación de sueldos de su empresa. Ese proceso manual quedó prácticamente en desuso.

Hoy, toda la información se carga en línea a través del SIRADIG. Una vez enviado el formulario, el empleador puede acceder automáticamente a los datos para usarlos en la liquidación del sueldo del mes siguiente.

La presentación en papel solo se mantiene en situaciones excepcionales y previamente justificadas. En la práctica, la totalidad de los trámites se realizan de forma digital.

¿Qué información contiene el Formulario 572?

El formulario está organizado en secciones. A continuación se detalla qué se informa en cada una:

1. Datos personales y del empleador

En esta sección se cargan los datos básicos del trabajador y el CUIT del empleador que actúa como agente de retención. Si tenés más de un empleo, debés indicar cuál es el empleador principal, que generalmente es el que abona el salario más alto.

2. Cargas de familia

Podés declarar como cargas de familia a las personas que dependan económicamente de vos y no tengan ingresos propios superiores al Mínimo No Imponible vigente. Los casos más comunes son:

  • Cónyuge o pareja en unión convivencial
  • Hijos menores de 18 años
  • Hijos mayores de 18 años con discapacidad acreditada
  • Otros familiares en primer grado de consanguinidad que dependan económicamente del contribuyente

Para registrar cada carga de familia necesitás el CUIL de la persona declarada.

3. Deducciones admitidas

Esta es la sección más importante del formulario porque es la que impacta directamente en el monto que te retienen cada mes. Las deducciones reducen la base imponible sobre la que se calcula el impuesto. Las más frecuentes son:

Si estás evaluando contratar una prepaga para poder deducirla, conocé los planes vigentes y sus costos. >>

Las primas de seguro de vida son deducibles. Si todavía no tenés uno, conocé las opciones vigentes. >>

Para poder deducir el alquiler en el SIRADIG, el contrato debe estar vigente y en regla. Conocé los derechos del inquilino y cómo registrar tu contrato. >>

  • Alquiler de vivienda: hasta el 40% del monto abonado, siempre que no seas titular de ningún inmueble. Necesitás el CUIT del propietario o inmobiliaria y los comprobantes de pago.
  • Cuotas de medicina prepaga: el monto que pagás directamente vos, sin incluir lo que descuenta el empleador. Se aplica tanto a tu cobertura como a la de tu grupo familiar.
  • Intereses de préstamo hipotecario: los intereses pagados por un crédito para compra o construcción de vivienda, hasta el tope vigente establecido por la normativa.
  • Donaciones: realizadas a entidades reconocidas por ARCA como exentas. Necesitás el CUIT de la entidad receptora.
  • Gastos de sepelio: del contribuyente o sus cargas de familia reconocidas, hasta el tope vigente.
  • Primas de seguro de vida y seguros mixtos: bajo las condiciones y topes que establece la reglamentación vigente.

Si estás pensando en acceder a un crédito hipotecario para poder deducir los intereses, conocé cómo funcionan los créditos UVA vigentes. >>

Obras sociales vs medicina prepaga en Argentina: diferencias y cuál conviene. >>

Podés consultar el listado completo de deducciones y sus topes en la normativa publicada en: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional

Conservá siempre los comprobantes de cada deducción que cargues. ARCA puede solicitarlos en cualquier momento aunque no se adjunten al sistema al momento de la presentación.

4. Otros ingresos y empleos simultáneos

Si percibís ingresos de una segunda relación laboral, actividades independientes o alquileres, debés declararlos en esta sección. El empleador principal necesita conocer el total de tus ingresos para calcular la retención proporcional que le corresponde aplicar.

No declarar ingresos adicionales es uno de los errores más frecuentes y puede generar diferencias importantes en el ajuste anual.

Una aclaración clave: ¿a quién se presenta el formulario?

El Formulario 572 no se presenta ante ARCA directamente. Se presenta al empleador a través del sistema.

ARCA actúa únicamente como intermediario tecnológico: provee la plataforma, almacena la información y la pone a disposición del empleador. Pero el destinatario final de todo lo que cargás en el formulario es quien te paga el sueldo, que es quien tiene la obligación legal de retener y depositar el impuesto.

Esto significa que si cambiás de empleador, debés actualizar el CUIT del nuevo empleador en el sistema para que la información llegue a quien corresponde.

Paso a paso: qué hacer antes de completar el Formulario 572

Antes de ingresar al sistema, organizá la siguiente información para tener todo a mano:

  1. Tu CUIT y Clave Fiscal con nivel de seguridad 2 o superior.
  2. El CUIT de tu empleador principal (lo encontrás en el recibo de sueldo).
  3. El CUIL de cada familiar que quieras declarar como carga de familia.
  4. Los comprobantes de pago de alquiler, prepaga u otras deducciones que vayas a cargar.
  5. El CUIT del propietario o inmobiliaria si vas a declarar alquiler.
  6. Los datos del crédito hipotecario si corresponde (entidad financiera y monto de intereses pagados).
  7. El CUIT de las entidades receptoras si vas a declarar donaciones.

Tener esta información lista antes de ingresar al sistema hace que el proceso sea mucho más rápido y reduce el riesgo de errores.

Preguntas frecuentes

¿El Formulario 572 Web es lo mismo que el SIRADIG? No exactamente. El SIRADIG es la plataforma digital donde se carga el formulario. El Formulario 572 Web es el documento en sí. Es como decir que el formulario es el contenido y el SIRADIG es el sistema donde lo completás y enviás.

¿Puedo modificar el formulario después de enviarlo? Sí. El formulario puede actualizarse todas las veces que sea necesario durante el año. Cada nueva versión enviada reemplaza a la anterior. El empleador siempre ve la última versión disponible.

¿Qué pasa si cargo una deducción incorrecta? Podés corregirla ingresando nuevamente al sistema y actualizando el formulario. El cambio impacta en la liquidación del mes siguiente al envío. Si la corrección implica que te retuvieron de más, el empleador debe compensarlo en las liquidaciones posteriores.

¿Hay un tope máximo de deducciones que puedo cargar? Depende del concepto. Cada tipo de deducción tiene su propio tope establecido por la normativa vigente. Algunos tienen límites fijos, otros son proporcionales al ingreso. Te recomendamos verificar los topes actualizados directamente en: https://www.argentina.gob.ar/arca

¿El formulario tiene fecha de vencimiento? No vence en el sentido estricto, pero la normativa establece que debés confirmar o actualizar los datos al inicio de cada período fiscal. Si tu situación no cambió, alcanza con ratificar la información existente. Si hubo cambios, debés actualizarlos lo antes posible.

La información de este artículo tiene carácter orientativo y se basa en la normativa vigente. Para consultas sobre tu situación fiscal particular, recomendamos la asistencia de un contador matriculado.

Si querés seguir aprendiendo sobre este trámite, podés consultar: