Personas Físicas: Cómo Calcular Mínimo no Imponible

Pasos: Cómo calcular el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias para personas físicas.

El mínimo no imponible es uno de los pilares del Impuesto a las Ganancias en Argentina.

Representa el monto de ingresos anuales que un contribuyente puede percibir sin estar sujeto a este impuesto.

Para muchos, entender cómo se calcula y aplica este mínimo puede ser confuso, especialmente si nunca antes han lidiado con impuestos.

En esta guía, explicaremos detalladamente qué es el mínimo no imponible, cómo calcularlo, y cómo varía según tu situación personal.

¿Qué es el mínimo no imponible y cómo se aplica?

El mínimo no imponible es una exención que protege a los ingresos más bajos de pagar el Impuesto a las Ganancias.

Si tus ingresos netos, luego de aplicar las deducciones legales, son menores a este monto, no pagarás el impuesto.

Si superan el mínimo no imponible, se calculará el impuesto sobre el excedente, aplicando las alícuotas correspondientes.

¿Cómo se aplica?

Ingresos brutos anuales: Este es el punto de partida. Incluye todos los ingresos que generaste durante el año, como salarios, honorarios, ingresos por alquileres, etc.

Deducciones permitidas: Estos son los gastos y beneficios que puedes descontar de tus ingresos brutos. Incluyen aportes jubilatorios, cargas familiares, alquileres, seguros de vida, entre otros.

Base imponible: Es el resultado de restar las deducciones a tus ingresos brutos. Si esta base imponible es menor al mínimo no imponible, no pagarás impuesto. Si es mayor, el excedente será gravado.

Tablas actualizadas para 2024/2025

A partir de 2025, el mínimo no imponible se ajustará semestralmente, en enero y julio, en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Aquí están los valores aproximados actualizados para el período 2024/2025:

Mínimo no imponible (2024):

Personas físicas (trabajadores): $1.770.000 anuales.

Jubilados: $2.290.000 anuales (si no tienen ingresos adicionales relevantes).

Escalas de alícuotas progresivas (aplicables sobre el excedente):

Hasta $1.770.000: Exento.

Desde $1.770.001 hasta $2.500.000: 9%.

Desde $2.500.001 hasta $5.000.000: 15%.

Más de $5.000.000: 35%.

Nota: Los valores específicos pueden variar según las actualizaciones semestrales de la AFIP. Consulta siempre los datos oficiales.

Diferencias entre personas físicas y jubilados

El tratamiento del mínimo no imponible varía según el tipo de contribuyente:

Personas físicas (trabajadores activos):

Se les aplica el mínimo no imponible general ($1.770.000 en 2024).

Pueden deducir aportes jubilatorios, cargas familiares, alquileres y otros gastos según la normativa.

Jubilados:

Gozan de un mínimo no imponible más elevado ($2.290.000 en 2024).

Este beneficio aplica solo si no tienen ingresos adicionales que superen el monto establecido por la ley.

Ejemplos prácticos de cálculo

Ejemplo 1: Persona física con ingresos brutos de $2.300.000

Ingresos brutos anuales: $2.300.000.

Deducciones permitidas:

Aportes jubilatorios: $200.000.

Cargas familiares (dos hijos): $240.000.

Alquiler deducido: $120.000.

Total deducciones: $560.000.

Base imponible:

$2.300.000 – $560.000 = $1.740.000.

Resultado: No paga impuesto, ya que la base imponible es menor al mínimo no imponible ($1.770.000).

    Ejemplo 2: Jubilado con ingresos brutos de $2.700.000

    Ingresos brutos anuales: $2.700.000.

    Mínimo no imponible (jubilados): $2.290.000.

    Excedente:

    $2.700.000 – $2.290.000 = $410.000.

    Cálculo del impuesto:

    Alícuota aplicable: 9%.

    $410.000 x 9% = $36.900.

    Pasos para calcular tu mínimo no imponible

    Reúne toda la información de ingresos: Incluye sueldos, honorarios, alquileres, intereses, y cualquier otro ingreso del período fiscal.

    Identifica tus deducciones permitidas: Consulta qué gastos puedes deducir, como cargas familiares, alquileres, aportes jubilatorios, etc.

    Resta las deducciones de tus ingresos brutos: Esto te dará tu base imponible.

    Compara con el mínimo no imponible: Si la base imponible es menor, no pagarás impuesto.

    Si es mayor, calcula el excedente y aplica la alícuota correspondiente.

    Preguntas frecuentes (FAQ)

    1. ¿Qué sucede si mis ingresos son menores al mínimo no imponible?
    No pagarás el impuesto. Sin embargo, es posible que igualmente debas presentar una declaración jurada dependiendo de tu situación fiscal.

    2. ¿Puedo deducir todos mis gastos?
    No, solo los gastos permitidos por la ley. Consulta la normativa actualizada para verificar cuáles aplican.

    3. ¿Qué ocurre si soy jubilado y tengo ingresos adicionales?
    Si tus ingresos adicionales superan los límites establecidos, no podrás beneficiarte del mínimo no imponible elevado para jubilados.

    4. ¿Dónde consulto los valores actualizados?
    En el sitio oficial de AFIP o con un contador profesional.

    Con esta guía completa, incluso los contribuyentes sin experiencia pueden comprender cómo calcular el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias y tomar decisiones informadas para cumplir con sus obligaciones fiscales.