¿Qué es el Formulario 572 Web? Qué Contiene y Cómo Se Presenta (2026)
Conocé qué es el Formulario 572 Web, qué información contiene y cómo se relaciona con el SIRADIG Trabajador. Si querés seguir aprendiendo sobre este trámite, podés consultar:
Si querés seguir aprendiendo sobre este trámite, podés consultar:
El Formulario 572 Web (F. 572 Web) es el formulario con el que un trabajador le informa a su empleador los datos necesarios para calcular la retención del Impuesto a las Ganancias. Según ARCA, se presenta por el SiRADIG e incluye los conceptos a deducir, las percepciones que te hayan practicado y los ingresos de otro empleo, si lo tenés.
ARCA lo define como un formulario de declaración jurada (ver ARCA): lo que cargás tiene que ser verdadero y tenés que conservar la documentación que lo respalda. Su función es que la retención mensual refleje tu situación real.
El SIRADIG está directamente vinculado al Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría. Si querés entender cómo funciona ese impuesto en profundidad, conocé nuestra guía completa. >>
El F. 572 Web se carga de forma digital en el servicio con clave fiscal SiRADIG – Trabajador. Información oficial en arca.gob.ar/572web.
Aviso importante: este contenido es informativo y no reemplaza la información oficial. No somos ARCA (ex AFIP) ni estamos vinculados a ningún organismo del Estado. Consultá siempre el sitio oficial del SiRADIG.
¿Qué reemplazó el Formulario 572 Web?
Antes de la digitalización del sistema, el empleado completaba este formulario en papel y lo entregaba físicamente al área de Recursos Humanos o liquidación de sueldos de su empresa. Ese proceso manual quedó prácticamente en desuso.
Hoy, toda la información se carga en línea a través del SIRADIG. Una vez enviado el formulario, el empleador puede acceder automáticamente a los datos para usarlos en la liquidación del sueldo del mes siguiente.
Hoy la carga y el envío se hacen en línea, con tu clave fiscal.
¿Qué información contiene el Formulario 572?
El formulario está organizado en secciones. A continuación se detalla qué se informa en cada una:
1. Datos personales y del empleador
En esta sección se cargan los datos básicos del trabajador y el CUIT del empleador que actúa como agente de retención. Si tenés más de un empleo, debés indicar cuál es el empleador principal, que generalmente es el que abona el salario más alto.
2. Cargas de familia
Según ARCA, se considera carga de familia al cónyuge o pareja conviviente y a la hija, hijo, hijastra o hijastro menor de 18 años o incapacitado para el trabajo. Además, la persona tiene que estar a tu cargo, ser residente en el país y no tener ingresos anuales superiores al mínimo no imponible.
- Cónyuge o pareja conviviente.
- Hijos e hijastros menores de 18 años.
- Hijos e hijastros incapacitados para el trabajo (en ese caso, la deducción puede incrementarse).
- Si ambos padres tienen retención de Ganancias, cada uno puede computar el 50% de la deducción por hijo, o uno solo el 100%.
Para registrar cada carga de familia necesitás el CUIL de la persona declarada.
3. Deducciones admitidas
Esta es la sección más importante del formulario porque es la que impacta directamente en el monto que te retienen cada mes. Las deducciones reducen la base imponible sobre la que se calcula el impuesto. Las más frecuentes son:
- Alquiler de vivienda: hasta el 40% del monto abonado, siempre que no seas titular de ningún inmueble. Necesitás el CUIT del propietario o inmobiliaria y los comprobantes de pago.
- Cuotas de medicina prepaga: el monto que pagás directamente vos, sin incluir lo que descuenta el empleador. Se aplica tanto a tu cobertura como a la de tu grupo familiar.
- Intereses de préstamo hipotecario: los intereses pagados por un crédito para compra o construcción de vivienda, hasta el tope vigente establecido por la normativa.
- Donaciones: realizadas a entidades reconocidas por ARCA como exentas. Necesitás el CUIT de la entidad receptora.
- Gastos de sepelio: del contribuyente o sus cargas de familia reconocidas, hasta el tope vigente.
- Primas de seguro de vida y seguros mixtos: bajo las condiciones y topes que establece la reglamentación vigente.
Obras sociales vs medicina prepaga en Argentina: diferencias y cuál conviene. >>
Podés consultar el detalle de cada concepto en la sección ¿Qué datos cargar? del sitio del SiRADIG.
Conservá siempre los comprobantes de cada deducción que cargues. ARCA puede solicitarlos en cualquier momento aunque no se adjunten al sistema al momento de la presentación.
4. Otros empleos simultáneos
Si tenés más de un empleo, tenés que declarar a cada empleador. ARCA indica que el agente de retención es el empleador con el mayor sueldo bruto; para el otro, marcás que no es agente de retención e informás los importes de remuneración y deducciones de tu recibo (ver ARCA). Así se calcula la retención sobre el total.
No declarar ingresos adicionales es uno de los errores más frecuentes y puede generar diferencias importantes en el ajuste anual.
Una aclaración clave: ¿a quién se presenta el formulario?
El F. 572 Web se envía por el sistema de ARCA y la información queda disponible para tu empleador, que es quien la usa para calcular la retención.
Según ARCA, los empleadores tienen que ingresar al servicio SiRADIG – Empleador antes de determinar el importe a retener mensualmente, para conocer la información que suministra el empleado. El empleador es quien retiene y deposita el impuesto.
Por eso, si cambiás de empleador, tenés que cargar al nuevo empleador en el sistema (con su CUIT y la fecha de ingreso) e indicar la fecha de baja del anterior.
Paso a paso: qué hacer antes de completar el Formulario 572
Antes de ingresar al sistema, organizá la siguiente información para tener todo a mano:
- Tu CUIT y tu clave fiscal.
- El CUIT de tu empleador principal (lo encontrás en el recibo de sueldo).
- El CUIL de cada familiar que quieras declarar como carga de familia.
- Los comprobantes de pago de alquiler, prepaga u otras deducciones que vayas a cargar.
- El CUIT del propietario o inmobiliaria si vas a declarar alquiler.
- Los datos del crédito hipotecario si corresponde (entidad financiera y monto de intereses pagados).
- El CUIT de las entidades receptoras si vas a declarar donaciones.
Tener esta información lista antes de ingresar al sistema hace que el proceso sea mucho más rápido y reduce el riesgo de errores.
Preguntas frecuentes
¿El Formulario 572 Web es lo mismo que el SIRADIG?
No exactamente. El SIRADIG es la plataforma digital donde se carga el formulario. El Formulario 572 Web es el documento en sí. Es como decir que el formulario es el contenido y el SIRADIG es el sistema donde lo completás y enviás.
¿Puedo modificar el formulario después de enviarlo?
Sí. El formulario puede actualizarse todas las veces que sea necesario durante el año. Cada nueva versión enviada reemplaza a la anterior. El empleador siempre ve la última versión disponible.
¿Qué pasa si cargo una deducción incorrecta?
Podés corregirla ingresando nuevamente al sistema y actualizando el formulario. El cambio impacta en la liquidación del mes siguiente al envío. Si la corrección implica que te retuvieron de más, el empleador debe compensarlo en las liquidaciones posteriores.
¿Hay un tope máximo de deducciones?
Depende del concepto: cada deducción tiene su propio límite según la normativa vigente. Por ejemplo, el alquiler se deduce hasta el 40% de lo pagado, con un límite anual. Consultá los montos en el sitio del SiRADIG.
¿El formulario tiene fecha de vencimiento?
Según ARCA, la información del año tiene que estar enviada a tu empleador hasta el 31 de marzo del año siguiente, y la presentación se hace aunque en el período no tengas nuevas deducciones o cargas de familia.
La información de este artículo tiene carácter orientativo y se basa en la normativa vigente. Para consultas sobre tu situación fiscal particular, recomendamos la asistencia de un contador matriculado.
Si querés seguir aprendiendo sobre este trámite, podés consultar:
