Deducciones Más Comunes que Podés Cargar en el SIRADIG
Conocé las deducciones más comunes del SIRADIG: alquiler, prepaga, hipoteca, donaciones y más. Guía para reducir tu retención de Ganancias. Si querés seguir aprendiendo sobre este trámite, podés consultar:
Si querés seguir aprendiendo sobre este trámite, podés consultar:
Las deducciones son los conceptos que la ley permite restar de tu ingreso bruto antes de calcular el Impuesto a las Ganancias.
A mayor deducción declarada, menor es la base imponible y, por lo tanto, menor es el monto que te retiene tu empleador cada mes.
El SIRADIG está directamente vinculado al Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría. Si querés entender cómo funciona ese impuesto en profundidad, conocé nuestra guía completa. >>
Cargar correctamente todas las deducciones que te corresponden es una de las acciones más importantes que podés hacer dentro del SIRADIG.
Muchos empleados pagan más retención de la necesaria simplemente porque no declaran los gastos que la ley expresamente les permite deducir.
A continuación se detalla cada deducción, qué información necesitás para cargarla y cómo hacerlo correctamente.
Este artículo es de carácter exclusivamente informativo. No representamos ni trabajamos para ARCA, AFIP ni ningún organismo oficial del Estado argentino.
Deducción 1: alquiler de vivienda
Quiénes pueden aplicarla: Podés deducir el alquiler de tu vivienda siempre que no seas propietario, copropietario, usufructuario ni poseedor de ningún inmueble, ya sea en el país o en el exterior. Si tenés aunque sea una participación en un inmueble, esta deducción no aplica.
Cuánto se puede deducir: Hasta el 40% del monto total de alquiler efectivamente pagado en el período, con los topes vigentes establecidos por ARCA.
Qué información necesitás para cargarla:
- CUIT del propietario o de la inmobiliaria a través de la cual alquilás.
- Monto mensual abonado en concepto de alquiler.
- Comprobantes de pago (recibos firmados por el propietario o comprobantes de transferencia bancaria).
Cómo cargarla en el SIRADIG:
- Ingresá a la sección “Deducciones” del Formulario 572.
- Seleccioná “Alquiler de inmueble” en el menú de tipo de deducción.
- Ingresá el CUIT del propietario o inmobiliaria. El sistema valida el CUIT automáticamente.
- Ingresá el monto mensual pagado.
- Guardá el registro.
Conservá los recibos de alquiler originales o los comprobantes de transferencia bancaria. ARCA puede solicitarlos en cualquier fiscalización posterior.
Podés verificar el tope vigente para esta deducción en: https://www.argentina.gob.ar/arca
Deducción 2: cuotas de medicina prepaga
Quiénes pueden aplicarla: Todos los empleados que abonen cuotas a una empresa de medicina prepaga de forma directa, ya sea para cobertura propia o de su grupo familiar declarado en el formulario.
Qué se puede deducir y qué no: Solo podés deducir el monto que pagás vos directamente a la prepaga.
Si tu empleador te descuenta una parte de la cuota del sueldo y te transfiere ese monto a la prepaga, ese importe no es deducible porque no salió de tu bolsillo. Solo se declara lo que abonás vos de forma independiente.
Qué información necesitás:
- CUIT de la empresa de medicina prepaga.
- Monto mensual que pagás directamente vos.
- Comprobantes de pago o resúmenes de débito automático.
Cómo cargarla en el SIRADIG:
- En la sección “Deducciones”, seleccioná “Cuotas médico asistenciales”.
- Ingresá el CUIT de la prepaga.
- Ingresá el monto mensual que abonás directamente.
- Si la cobertura incluye a familiares declarados como cargas de familia, podés incluir el monto total de la cuota familiar.
- Guardá el registro.
No confundas el monto que descuenta el empleador con el que pagás vos directamente. Solo el segundo es deducible.
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Deducción 3: intereses de préstamo hipotecario
Quiénes pueden aplicarla: Empleados que tengan un crédito hipotecario vigente para la compra o construcción de su vivienda permanente.
Qué se puede deducir: Los intereses pagados durante el período fiscal, hasta el tope máximo establecido por la normativa vigente. No se deduce el capital amortizado, solo los intereses.
Qué información necesitás:
- CUIT de la entidad financiera o banco prestamista.
- Monto total de intereses pagados en el período (no el total de la cuota).
- Resumen o certificado emitido por la entidad financiera que discrimine capital e intereses.
Cómo cargarla en el SIRADIG:
- En la sección “Deducciones”, seleccioná “Intereses de créditos hipotecarios”.
- Ingresá el CUIT de la entidad prestamista.
- Ingresá únicamente el monto correspondiente a intereses, no el total de la cuota mensual.
- Guardá el registro.
Podés consultar el tope vigente para esta deducción en: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional
Deducción 4: donaciones
Quiénes pueden aplicarla: Empleados que hayan realizado donaciones a entidades reconocidas por ARCA como exentas del Impuesto a las Ganancias.
Qué organizaciones califican: Fundaciones, asociaciones civiles, entidades religiosas, partidos políticos y otras organizaciones que cuenten con el reconocimiento formal de ARCA como entidades exentas. Podés verificar si una entidad tiene ese reconocimiento en el buscador del portal oficial: https://www.argentina.gob.ar/arca
Qué información necesitás:
- CUIT de la entidad receptora de la donación.
- Monto donado.
- Comprobante de la donación emitido por la entidad.
Cómo cargarla en el SIRADIG:
- En la sección “Deducciones”, seleccioná “Donaciones”.
- Ingresá el CUIT de la entidad receptora.
- Ingresá el monto donado.
- Guardá el registro.
Solo son deducibles las donaciones a entidades con reconocimiento formal de ARCA. Las donaciones a personas físicas o a organizaciones sin ese reconocimiento no son deducibles.
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Deducción 5: gastos de sepelio
Quiénes pueden aplicarla: Empleados que hayan afrontado gastos de sepelio propios o de sus cargas de familia reconocidas en el formulario.
Qué se puede deducir: Los gastos efectivamente pagados en concepto de servicios fúnebres, hasta el tope vigente establecido por la normativa.
Qué información necesitás:
- Factura o comprobante de pago emitido por la empresa de servicios fúnebres.
- CUIT de la empresa prestadora del servicio.
- Monto total abonado.
Cómo cargarla en el SIRADIG:
- En la sección “Deducciones”, seleccioná “Gastos de sepelio”.
- Ingresá el CUIT de la empresa prestadora.
- Ingresá el monto pagado.
- Guardá el registro.
Deducción 6: gastos de automóvil para corredores y viajantes de comercio
Quiénes pueden aplicarla: Exclusivamente los trabajadores que se desempeñen como corredores o viajantes de comercio y utilicen un automóvil propio como herramienta de trabajo habitual.
Qué se puede deducir: Los gastos vinculados al uso del automóvil en el ejercicio de la actividad: combustible, mantenimiento, seguros, patente y amortización del vehículo, dentro de los topes y condiciones que establece la normativa vigente.
Qué información necesitás:
- Documentación que acredite la actividad como corredor o viajante de comercio.
- Comprobantes de los gastos a deducir.
- Datos del vehículo utilizado.
Esta deducción tiene condiciones y límites específicos. Si ejercés esta actividad, te recomendamos consultar con un contador para asegurarte de aplicarla correctamente.
Podés ver los detalles normativos en: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional
Otras deducciones menos conocidas pero igualmente válidas
Además de las anteriores, la normativa vigente reconoce otras deducciones que muchos empleados no aprovechan por desconocimiento:
- Primas de seguro de vida y seguros mixtos: hasta el tope vigente establecido por ARCA.
- Gastos de movilidad y viáticos: en casos específicos habilitados por la normativa.
- Aportes a sociedades de garantía recíproca: bajo condiciones particulares.
Para conocer el listado completo y actualizado de deducciones admitidas consultá directamente la normativa vigente en: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional
Un recordatorio importante sobre los comprobantes
Para todas las deducciones sin excepción, es indispensable conservar los comprobantes de respaldo aunque el sistema no los solicite al momento de la carga. ARCA puede requerirlos en cualquier momento dentro del plazo de prescripción fiscal vigente.
Los comprobantes válidos incluyen:
- Facturas o recibos oficiales emitidos por el prestador del servicio.
- Comprobantes de transferencia bancaria con descripción del concepto.
- Resúmenes de tarjeta o débito automático que identifiquen el pago.
- Certificados emitidos por entidades financieras en el caso de préstamos hipotecarios.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo deducir el alquiler si pago en efectivo sin recibo? Técnicamente no. Para aplicar la deducción necesitás poder acreditar el pago con documentación válida. Un recibo firmado por el propietario con su CUIT es el comprobante mínimo requerido. Los pagos en efectivo sin respaldo documental no son deducibles porque no podés probarlos ante una fiscalización.
¿Puedo deducir la cuota del colegio de mis hijos? La normativa vigente no contempla las cuotas de colegios privados como deducción en el Formulario 572. Lo que sí podés deducir es a tus hijos como cargas de familia, lo cual reduce la base imponible de forma indirecta.
¿Qué pasa si cargo una deducción que no me corresponde? Es una infracción fiscal que puede derivar en ajustes, multas e intereses si ARCA lo detecta en una fiscalización. Solo debés declarar deducciones que te correspondan y que puedas acreditar con documentación válida.
¿Las deducciones tienen efecto inmediato en mi sueldo? El efecto se aplica en la liquidación del mes siguiente al envío del formulario. Si cargás una deducción en el mes en curso, tu empleador la va a considerar a partir del próximo recibo de sueldo.
¿Puedo deducir gastos médicos generales como consultas o medicamentos? Las consultas médicas particulares y los medicamentos no son deducibles en el Formulario 572. Lo que sí es deducible son las cuotas de medicina prepaga abonadas directamente por el empleado. Para gastos médicos específicos existen otros mecanismos impositivos que no aplican al SIRADIG.
La información de este artículo tiene carácter orientativo y se basa en la normativa vigente. Los topes y condiciones de cada deducción pueden actualizarse. Para consultas sobre tu situación fiscal particular, recomendamos la asistencia de un contador matriculado o la consulta directa en: https://www.argentina.gob.ar/arca
Si querés seguir aprendiendo sobre este trámite, podés consultar:
